A fin de aplicar sanciones y castigos más severos al delito de receptación, dar certeza jurídica y mejor impartición de justicia, el presidente de la junta de gobierno del Congreso local Ricardo Baptista González, propuso ante el pleno del Congreso local una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal del Estado.
En tribuna, señaló que al comprar o vender un bien, los ciudadanos deben tomar las precauciones necesarias para cerciorarse de su lícita procedencia; algunas veces se lleva a cabo la compra-venta de bienes sin verificar su legitimidad, por ello, se considera como precaución indispensable el hecho de contar con la documentación que acredite la propiedad o posesión del bien, como factura, contrato de arrendamiento o endoso, entre otros más.
Afirmó: “Actualmente, el tipo penal de receptación en el Código Penal estatal precisa las conductas de quien “reciba, adquiera u oculte” el producto, y que su propuesta adiciona a quien posea, acepte, desmantele, venda, enajene, comercialice, pignore, traslade, use los objetos, productos o instrumentos con la finalidad de ampliar los supuestos en que pueda encuadrarse este tipo penal”.
Refirió que en caso de ser aprobada la iniciativa presentada en la que se proponen modificaciones al Código penal en delito de receptación, será posible aplicar penas de dos a ocho años de prisión y multa de hasta cinco veces el valor del bien a quien, sin haber participado del hecho delictivo, pero sepa de su ilegítima procedencia, maneje u opere un vehículo automotor.
Aseguró: “De acuerdo con las reformas propuestas a los artículos 224 y 225, y la adición del artículo 225 Bis, del Código Penal de la entidad, además de que se considera que para el caso de vehículos automotores, los compradores podrán cerciorarse de su legítima procedencia en la oficina correspondiente de la Procuraduría General de Justicia del Estado o mediante constancia o certificación obtenida electrónicamente de la base de datos de autos robados del Registro Público Vehicular”.
El también coordinador del grupo legislativo de Morena en el Congreso del Estado, manifestó que en este tipo de actos delictivos, quien comete el delito de receptación es aquella persona que, después de la consumación de un hecho típico de carácter patrimonial, y sin haber participado en este, adquiera u oculte el producto, a sabiendas de su procedencia ilegítima por lo que debe ser castigada.
Destacó que es necesario fortalecer el delito de receptación, y se establezca que a quien no haya participado en el hecho, pero que sepa de la ilegítima procedencia, maneje u opere un vehículo automotor robado, será sancionado.
Cabe hacer mención que de acuerdo con datos de “Semáforo Delictivo Hidalgo” para mayo del presente año que los municipios con más robos de vehículos son Tula, Pachuca, Tulancingo, Actopan Mixquiahuala, Acaxochitlán, e Ixmiquilpan.
