El Tribunal Electoral del Estado resolvió en sesión pública, dos juicios para la protección de los derechos político-electorales de ciudadano, presentados contra el ayuntamiento de Pachuca, los cuales fueron rechazados
Respecto al primer juicio con expediente TEEH-JDC-049/2018, la magistrada ponente Mónica Patricia Mixtega Trejo, informó que el juicio fue promovido por Daniela Samperio González, en su carácter de residente de Pachuca de Soto, quien impugnó la omisión de garantizar su participación en la creación del Reglamento Interior del Consejo Municipal de Población del Ayuntamiento de Pachuca, al no permitirle expresar su aprobación o rechazo.
Destacó que al hacer un análisis profundo del tema, se propuso declarar como infundado el agravio presentado, en razón de que no se comprobó el ingreso de alguna propuesta por parte de la actora al Reglamento Interior del Consejo Municipal de Población del Ayuntamiento de Pachuca de Soto, causa por la cual, no pudo ser sometida a consideración del Pleno del Ayuntamiento para ser votada en favor o en contra, conforme a las facultades conferidas en el Reglamento Interior del municipio.
Del segundo expediente con número de oficio TEEH-JDC-050/2018 analizado por la Magistrada María Luisa Oviedo Quezada, se votó en favor de sobreseer el Juicio, esto en razón de que la promovente, María de los Ángeles Heredia Lara, en su carácter de candidata a subdelegada de San Antonio el Desmonte, no acreditó que se le violo su derecho al voto, además, no señaló circunstancias de modo, tiempo y lugar en la prueba técnica que ofreció.
Afirmó la magistrada que, en este caso la promovente, denunció supuestas irregularidades durante la campaña y la jornada de elección de Delegado y Subdelegado de la localidad de San Antonio el Desmonte en Pachuca, la violación a su derecho de ejercicio al voto y pidió la declaración de invalidez de la elección, sin embargo no presentó las pruebas necesarias.
Por lo anterior la funcionaria electoral emitió un exhorto al Ayuntamiento de la capital del estado para que se pronuncien sobre la declaración de validez de la elección antes mencionada ya que finalmente la razón fue para las autoridades municipales de Pachuca.
Respecto a la segunda resolución, el Tribunal Electoral del Estado, declaró la validez de la elección de delegado y subdelegado en San Antonio el Desmonte.
