Por unanimidad de votos, en sesión pública del Tribunal Electoral del Estado, resuelven los integrantes del pleno, dar la razón a un funcionario municipal de Apan, quien solicitó la intervención del TEEH, al asegurar que le fue negada información financiera para el desempeño de sus actividades por parte de la presidenta municipal, la tesorera y el director de obras públicas de dicha demarcación.
En la sesión en que fueron resueltos dos juicios para la Protección de los Derechos político-electorales del ciudadano, el primero en ser abordado fue el relacionado al expedienteTEEH-JDC-036/2017, promovido por Edgar Cruz Rico, quien en su carácter de Síndico Propietario del Municipio de Apan, aseguró que le fue negada toda la información solicitada respecto a movimientos financieros en el municipio.
La magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, refirió que en la sentencia se estimó que para que un servidor público pueda desempeñar las funciones de su cargo, es necesario que cuente con la información específica para el cumplimiento de sus deberes, cuya prerrogativa se encuentra prevista en el artículo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que la omisión por parte de las autoridades de proporcionar dicha información, afecta el ejercicio de las responsabilidades del servidor público, fundamentalmente cuando dicha información es necesaria para su labor.
Así también en dicha sesión, se dio resolución al expediente TEEH-JDC-038/2017 y seis acumulados, promovidos por Almendra Marisol Ramos Cabrera, Ubaldo Hernández Bautista, Luz María Rosales Vázquez, Juana Hurtado González, María Victoria Cerón Aguilar, Enrique Blancas Sánchez y María Del Carmen García López, contra del nombramiento del delegado municipal en la colonia Aquiles Serdán de la capital del estado.
El magistrado ponente Sergio Zuñiga Hernández, manifestó que una vez analizado el caso se determinó que la demanda fue presentada de forma extemporánea ya que se dio poco más de 40 días de vencido el plazo para ello, por lo que se declaró como improcedente.
Por su parte en entrevista el magistrado presidente del TEEH, Manuel Alberto Cruz Martínez, informó que por muchos años los presidentes municipales creyeron que llegaban para ser los patrones del municipio, lo cual aparentemente no les ha quedado claro en algunos casos, por lo que es necesario hacerles ver que no son los dueños sino parte de un ayuntamiento, porque no se elige solamente al presidente sino a un cabildo y cada uno de sus integrantes con responsabilidades específicas.
Afirmó que para acabar con ese tipo de prácticas y creencias como lo sucedido en Apan, donde se le negó información financiera a uno de los integrantes del cabildo, es necesario hacerles ver dese el alcalde y los funcionarios de primer nivel, que no es por voluntad dar información sino que es su obligación.
