Acuerdan magistrados del Tribunal Electoral del Estado, dar vista a la Auditoría Superior del Estado y al SAT, para que hagan una revisión respecto a información falsa proporcionada por el actual ayuntamiento de Ixmiquilpan que encabeza Pascual Charrez, luego de que este fuera señalado de no pagar salarios a ex funcionarios y la parte proporcional del aguinaldo.
La magistrada ponente Mónica Patricia Mixtega Trejo, refirió que por ser asuntos de inconformidad relacionados, al expediente número TEEH-JDC-127-2016, le fueron acumulados los asuntos TEEH-JDC-128/2017, el TEEH-JDC.129-2016, TEEH-JDC-130-2016, el TEEH-JDC-131-2016, TEEH-JDC-132-2016, el JDC.TEEH-133-2016, el JDC-TEE –134-2016 y el TEEH-141-141-2016, en donde se encontraron inconsistencias de montos “inflados”.
Por lo anterior, a decir de la funcionaria electoral se determinó que después de detectadas la anomalías se pedirá tanto a la ASEH como al SAT, investigar para determinar si es procedente informar a la Procuraduría General de Justicia para que intervenga en caso de que encuadre en un delito.
Fue en los trabajos de la sesión donde se dio a conocer que las personas que interpusieron los recursos son, Mercedes Rocha Cervantes, Julián Sánchez Ortiz, Margarita Clementina Olguín Ambrosio, Eugenio Contreras Cortés, Elena Hernández Benítez, Filemón de la Cruz Paredes, Taurino González Cruz, Vicente Mendoza, así como Tomás y Mateo Mithe Peña, quienes manifestaron su inconformidad contra el ayuntamiento por la falta de pagos y la parte proporcional del aguinaldo.
El magistrado presidente Manuel Alberto Cruz Martínez, refirió que al no tener ellos los elementos suficientes para determinar si la información es falsa se determinó dar vista tanto al SAT y a la ASEH, para que ellos sean los que determinen y notifique si se intentó sorprender al Tribunal con cifras falsas.
Con relación al segundo expediente TEEH-JDC-137_2016, promovido por los actores de Horieta Juana Sánchez Mera y Otros, contra la alcaldía de Singuilucan la magistrada ponente María Luisa Oviedo Quezada, resolvió, darles la razón a los impugnantes por lo que se determinó pedir al municipio que en un plazo no mayor a cuatro días realicen los pagos respectivos.
