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    Seguridad Social, beneficio del Trabajo Formal: STPSH

    14/04/2019 Local
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    • La seguridad social ofrece diversas prestaciones como guardería, servicios culturales y deportivos, entre otros
    • Los patrones están obligados a registrar ante el IMSS a sus trabajadores desde el primer día de labores

    Uno de los principales beneficios de trabajar dentro de la formalidad es poder contar con seguridad social, la cual no se limita a la atención médica para el trabajador sino que engloba una serie de prestacionesque benefician también a su familia, así lo destacó la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo, María de los Ángeles Eguiluz Tapia.

    La mayoría de las veces cuando se habla de seguridad social se asocia a la atención médica-hospitalaria que brinda el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sin embargo, esa es solo la base de una amplia gama de servicios que esta institución ofrece a sus derechohabientes, los cuales obtienen al ser trabajadores formales.

    Parte de los beneficios que la seguridad social brinda a los trabajadores y sus familias son: guarderías; servicios funerarios; así como servicios culturales, deportivos y de capacitación; entre otros.

    Además, existen diversos seguros que protegen al trabajador en las distintas etapas de su vida como: riesgos de trabajo; enfermedades y maternidad, atención médica; invalidez; muerte del asegurado y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, pensión por edad y años cotizados.

    La Secretaria del Trabajo destacó que de acuerdo a la ley del Seguro Social la inscripción que los patrones deben hacer de sus trabajadores ante el IMSS, debe realizarse desde el primer día de labores, con un plazo límite de hasta cinco días hábiles.

    El patrón también está obligado a presentar las modificaciones al salario, llevar registros como nóminas y listas de raya, donde se tenga constancia del número de días que trabajan; datos que deberáconservar durante cinco años.

    Finalmente indicó que si se presenta el caso en que los trabajadores no son dados de alta, estos pueden señalar dicha situación ya que se trata de un derecho que marca la Ley; la denuncia puede realizarse ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajador o bien de manera directa en las delegaciones o subdelegaciones del IMSS.

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