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    Reincidencia y protección de derechos humanos en la imposición de sanciones penales: Gloria Hernández

    17/11/2015 Política
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    GloriaHernandez1Con el objetivo de proteger los derechos humanos del procesado, la diputada federal, Gloria Hernández presentó la iniciativa que reforma los artículos 20, 21 y 90 del Código Penal Federal, para incluir el término de reincidencia y definirla como aquella en que el condenado por delito doloso en sentencia ejecutoria dictada por cualquier tribunal nacional o extranjero, sea procesado por uno nuevo y para que el delincuente habitual sea aquel reincidente que en el mismo género de delitos, sea condenado por un nuevo delito doloso.

    “El objetivo es evitar que en los delitos no graves se le aplique a las persona, una agravante de pena igual a la de delitos internacionales”, explicó.

    Destacó que en caso de que el sentenciado no sea reincidente podrá disfrutar de la condena condicional.

    Durante su intervención en la máxima tribuna del país, la legisladora hidalguense comentó que es pertinente efectuar estas modificaciones, ya que dichas lagunas en el ámbito legislativo, en ocasiones se traducen en injustas imposiciones de sanciones para los reos.

    Recordó que estas imprecisiones son producto de la reforma constitucional del 2008, que modificó trascendentalmente el contenido del artículo 22 constitucional respecto al criterio para la imposición de sanciones penales en nuestro país.

    “Es necesario que las normas u ordenamientos penales que fijen parámetros de punibilidad respecto de los hechos calificados por la ley como delitos sean revisados, y en su caso, armonizados con el principio de proporcionalidad del delito que sancione y al bien jurídico afectado.

    Consideró que estas adecuaciones corresponden con la realidad jurídica de los hechos que sancionan las leyes penales.

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