Al considerar que las actuales condiciones sociales del país donde ya entró en vigor un nuevo sistema de justicia penal, es imperante contar con más y mejores agentes de seguridad que garanticen su actuación en la aplicación de estas medidas, afirmó el diputado local Ramiro Mendoza Cano.
Añadió que de acuerdo con reportes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, uno de los problemas más graves que persisten es la denuncia de la ciudadanía en el actuar de los servidores públicos encargados de hacer cumplir la ley.
Refirió que la propia Comisión Estatal de Derechos Humanos del estado, ha reportado en diferentes ocasiones que el mayor número de recomendaciones se encuentra dirigido hacia este sector policial, en todos los ámbitos: federal, estatal, municipal, privada, bancaria; siendo entre otros motivos, el uso excesivo de facultades y atribuciones, la indebida aplicación de la ley, violencia, entre otros actos contrarios a la legalidad.
En ese sentido destacó que el Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 105 fracción VI considera como sujeto del procedimiento penal a la policía, por lo que su actuación cobra especial importancia y trascendencia para la adecuada impartición de justicia, siendo los primeros en tomar conocimiento de un hecho probablemente constitutivo de delito,
Refirió que por lo anterior es de suma importancia que los elementos de las corporaciones de seguridad pública tanto estatal como municipales, reciban instrucción que garantice el adecuado cumplimiento de sus obligaciones y atribuciones en su actuar y participación dentro de la prevención e investigación del delito y otras etapas en las que intervenga dentro del procedimiento penal, que se traduzca en una adecuada impartición de justicia para el imputado, como para la víctima.
Dijo que es por ello la propuesta de que se exhorte al Secretario de Seguridad Pública en el Estado, así como a los titulares de los 84 ayuntamientos en el Estado, para que, continúen e intensifiquen la ejecución de programas, planes o acciones para la capacitación de los elementos de seguridad pública municipal en el sistema de justicia procesal penal acusatorio.
Cabe mencionar que en el numeral 123 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado, está establecido que cada municipio, debe contar con un cuerpo de seguridad pública que estará bajo el mando del Presidente Municipal.
