
Durante sesión pública de Pleno celebrada este jueves, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenaron que se modifique el acuerdo CG/158/2016, dictado por el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), en el que se les negó el registro como candidatas a la quinta regiduría y suplente para el municipio de Mineral del Monte por el Partido Acción Nacional, a Andrea Domínguez Hernández y Gregoria González Cortez.
El magistrado ponente, Jesús Raciel García Ramírez, explicó que el partido Acción Nacional, con anterioridad ya había cumplido con los parámetros establecidos por la Sala Regional Toluca en la sentencia ST-JRC-14/2016, sin embargo fue el IEEH quien al hacer una incorrecta interpretación y limitada del dictamen antes mencionado, generó que se modificara la planilla por el municipio de Mineral del Monte.
García Ramírez, recordó que al ser una planilla que termina en número impar, se puede repetir el género en las dos últimas fórmulas, por lo que se determinó que se realizara la sustitución correspondiente a la quinta regiduría propietaria y suplente reestableciendo así los derechos de las promoventes.
Asimismo, se dio resolución al Juicio para la Protección de los Derecho Político-Electorales del Ciudadano bajo el expediente TEEH-JDC-066/20156, promovido por Esteban Ruíz Hernández, en contra de la decisión que tomó el Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática, quienes con el fin de dar cumplimiento a la sentencia ST-JDC-121/2016 y sus acumulados, dictada por la Sala Regional Toluca del TEPJF, modificó la solicitud de registro como candidato propietario al cargo de Presidente Municipal de Molango de Escamilla, Hgo., y conforme al acuerdo CG/159/2016, aprobó una nueva planilla encabezada por una fórmula de mujeres. Sin embargo y ponderando el principio de paridad de género, este juicio fue calificado como parcialmente fundado pero inoperante.
En la misma sesión, se resolvió el Recurso de Apelación interpuesto por Martín Hilario Becerra Delgado, en su carácter de representante propietario por el Partido del Trabajo, en contra del acuerdo CG/159/2016 del IEEH, el cual fue declarado infundado e inoperante debido a que no presentó las pruebas requeridas que demostraran que el candidato a presidente municipal por Ixmiquilpan, Pascual Charrez Pedraza, participara simultáneamente en procesos internos por diferentes partidos políticos.
Por último se desechó de plano el Juicio para la Protección de los Derecho Político-Electorales con el expediente TEEH-JDC-070/2016, promovido por Marlen Medina Fernández, en contra del la resolución de la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución democrática INC/HGO/383/2016, esto debido a que era extemporáneo.
