En sesión pública virtual, los integrantes del Tribunal Electoral del Estado, resolvieron respecto a cuatro nuevos medios de impugnación, tres de los cuales fueron Procedimientos Especiales Sancionadores , además de un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, de los cuales en el caso de los primeros, uno fue declarada la existencia de la conducta denunciada pero sin que se acreditara responsabilidad alguna a los acusados por la falta que se señalaba en su contra.
El primer asunto resuelto a decir del magistrado ponente Leodegario Hernández Cortés, después del análisis a fondo de los argumentos presentados en el expediente número TEEH-JDC-116/2021, señaló que el quejoso Daniel Carranza Bautista, no presentó debidamente sustanciado el documento por lo que se determinó declarar improcedente el juicio ciudadano desecharlo de plano.
Respecto al caso del expediente TEEH-PES-041/2021, analizado y resuelto también por el mismo magistrado, este dio a conocer que la inconformidad fue presentada por el representante del Partido Revolucionario Institucional ante el IEEH, Federico Hernández Barros en contra de María de la Luz Rubio González y los partidos de la coalición “Juntos Haremos Historia en Hidalgo”, por haber colocado propaganda electoral en equipamiento urbano, lo cual dijo fue comprobado por lo que se determinó declarar la existencia de la conducta denunciada pero sin acreditar responsabilidad a la denunciada ni a los partidos aliados.
De lo asentado en el expediente TEEH-PES-055/2021, el magistrado ponente Manuel Alberto Cruz Martínez señalo que Morena, acusó al PRI por fijación de propaganda electoral en equipamiento urbano en el municipio de Acaxochitlán, sin que se aportaran los elementos suficientes para una sanción por lo que el caso fue considerado como inexistente por lo que fue considerado como concluido y archivado.
Con relación al último caso que fue abordado y resuelto, con número de expediente TEEH-PES-.058/2021, promovido por el PRI contra el contralor municipal de Acatlán Marco Antonio Pérez Cervantes, quien fue señalado de haber realizado la publicación de propaganda gubernamental en diversas redes sociales lo cual después de análisis no se encontraron los elementos suficientes para poder proceder en contra, por lo que el caso fue declarado inexistente por lo que también se dio por concluido.
