
De la aprobación de la adición de un último párrafo al Artículo 5, a decir de la diputada local del PRI Edith Avilés Cano, es referente a que se debe legislar para que el estado y los 84 municipios que integran a la entidad consideren la perspectiva de género en todas sus actividades y en la aplicación de las políticas públicas. Señaló que con dicha aprobación se considera la adición de un último párrafo al artículo quinto constitucional que establece que el estado y los municipios, en función de sus atribuciones, tomarán en consideración la perspectiva de género para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas.
Con relación a la declaratoria definitiva de reforma a las fracciones II, III,V y VI y que deroga los párrafos segundo y tercero así como las fracciones VII, VIII y IX del artículo 95 de la constitución política del estado, a decir de la diputada es referente a las nuevas disposiciones para la elección del presidente del Tribunal Superior de Justicia que entre otras cosas establece que al menos un año anterior a tomar el cargo no debieron ejercer cargos como procurador, senador, gobernador o de diputado federal.
“La modificación establece la eliminación del rango de edad contemplado en la fracción II del citado artículo, dejando sólo como mínimo 35 años cumplidos, además, de que se deberá contar con una antigüedad mínima de diez años como profesional de la Licenciatura en Derecho y no haber ocupado al menos en el año anterior al cargo público alguno como legislador federal o local, procurador o gobernador”.
Cabe mencionar que la propuesta de reforma al Artículo 5, fue presentada por la diputada y diputado de la coalición entre el Partido Verde Ecologista de México y el Revolucionario Institucional (PRI), Rosa Guadalupe Chávez Acosta y Rosalío Santana Velázquez; así como de la y el legislador priista Mabel Gutiérrez Chávez y Miguel Ángel Romero Olivares.
Para los cambios en los artículos quinto y 95, fueron 73 y 71 respectivamente los ayuntamientos sancionaron la enmienda constitucional de la Carta Magna hidalguense.
