Por unanimidad de votos los diputados locales aprobaron diversas reformas la ley para la Familia de la entidad, así como a la Ley de Derechos y Cultura Indígena para el Estado, la primera de ellas en materia de la perdida de la patria potestad, y en el caso de la segunda para la preservación de la lenguas originarias, y de garantizar los derechos humanos a la no discriminación y acceso a la justicia.
El legislador del PRI Leonardo Pérez Calva, luego de manifestar que la propuesta inicial fue de la legisladora del PRD Imelda Cuellar Cano, destacó que en el artículo 242, se establecen los conceptos por los cuales una persona puede perder la patria potestad de sus hijos, ya sea la madre o el padre.
Afirmó que en estos, se incluyó que cuando el que la ejerza la patria potestad sea condenado en sentencia ejecutoriada por algún delito grave en ofensa de sus hijos o del otro progenitor, además, también será causal de perder la patria potestad por inducir a quienes están bajo su cuidado al consumo de alcohol, al uso no terapéutico de sustancias ilícitas a que hace referencia la Ley General de Salud y de las lícitas no destinadas a ese uso, que produzcan efectos psicotrópicos o al hábito de juego.
Agregó que en el 2011 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que si se comprueba violencia familiar procede el divorcio, así como la pérdida inmediata de la patria potestad de los hijos, además de referir que la reforma al artículo 450 se aprobó que el texto señale que el acta de defunción deberá contener la fecha y hora de la muerte, así como si se supiese derivado de los informes e investigaciones, asentar que la causal de la defunción esta o pudiera estar relacionada con la violencia al interior de la familia.
Respecto a la reforma para preservar lenguas indígenas en la entidad, en tribuna e diputado local del PRD Luciano Cornejo Barrera, aseguró que se debe hacer reconocimiento a las lenguas originarias como nacionales con la misma validez que el español, además de garantizar en todo momento los derechos humanos a la no discriminación y acceso a la justicia.
Añadió que la reforma al artículo 38 establece que “los Pueblos y Comunidades Indígenas tienen derecho a que sus lenguas originarias sean preservadas, las cuales son consideradas nacionales y serán válidas, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público y privado, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información en Hidalgo.
Por último refirió que las autoridades correspondientes respetarán y promoverán sus usos, garantizando en todo momento los derechos humanos a la no discriminación y acceso a la justicia de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los tratados internacionales en la materia.
