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    Diputados locales aprueban cambios a la ley orgánica municipal para tener servidores públicos mejor preparados

    26/04/2016 Política
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    Con el propósito de mejorar el desempeño de los servidores públicos en el estado, en el Congreso del Estado se aprobó de manera unánime una propuesta de reforma de diversas disposiciones de la Ley Orgánica municipal que fue presentada por jefe del ejecutivo estatal.

    El diputado, Ramiro Mendoza Cano, al dar lectura al dictamen emitido por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, refirió que es necesario avanzar en un modelo que propicie la profesionalización del servicio público municipal para poder fortalecer permanentemente las capacidades de los servidores públicos.

    Aseguró que se debe impulsar un sistema de profesionalización para servidores públicos municipales alineado a las políticas nacionales, además, establecer como requisito que determinados cargos de la administración pública municipal sean ocupados por profesionistas con experiencia previa para el desempeño de sus funciones.

    Añadió que de acuerdo con el Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en 2013 de los mil 615 titulares de las dependencias municipales, centralizada y descentralizada en Hidalgo, solo 50.2 por ciento ejercen sus funciones con un título profesional de educación superior.

    Destacó que la reforma aprobada contempla en los artículos 101, 107, 115 y 117 que para ocupar los cargos de Tesorería Municipal, Contraloría, Oficialía del Registro del Estado Familiar, área de Obras Públicas y Planeación Municipal o su equivalente, deberán contar con un título profesional emitido por una institución de educación superior, así como un año de experiencia mínima.

    El diputado local afirmó que en los artículos 97 y 128 de la misma ley, para la Secretaría General Municipal y Unidad de Protección Civil, el titular deberá contar preferentemente con título profesional orientado a sus actividades, así como una experiencia mínima de un año en el ramo, además de que se adicionó el artículo 121 Bis, que establece la obligación de determinados servidores públicos municipales de participar en el Sistema para la Profesionalización del Servicio Público Municipal que instrumente el Ejecutivo del Estado.

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