Por unanimidad de votos, aprueban los legisladores locales las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asilo político y derechos de las víctimas, que fueron enviadas por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
La legisladora local Nadia Carolina Ruiz Martínez, al dar lectura a la minuta con proyecto de decreto para reformar el párrafo segundo del Artículo 11 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de asilo y condición de refugiados, señaló que toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo y que el reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo político se realizarán de conformidad con los tratados internacionales, además de que la ley en la materia regulará sus procedencias y excepciones.
Señaló que la armonización del derecho internacional con los ordenamientos internos debe darse en una interrelación con la aplicación conjunta de los artículo 11 y primero de nuestra Constitución. Para el Estado Mexicano, el caso de asilo procede por motivos de orden político; mientras que la condición de refugiado deviene por causales de carácter humanitario.
Así también los integrantes de la sexagésima segunda legislatura local, aprobaron la adición de la fracción XXIX-X al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para estipular que: Para expedir la ley general que establezca la concurrencia de la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias en materia de derechos de víctimas.
Al respecto la diputada del PRD Imelda Cuéllar Cano, quien refirió que si bien es cierto que a lo largo del texto constitucional no se encuentra una mención expresa que el Congreso federal cuente con facultades puntuales para legislar concurrentemente en materia de víctimas.
Refirió que dicha materia pertenece a un subsistema que es el de justicia penal, pues víctima, es sin duda una figura procesal inserta en estas materias, tanto en el modelo de adultos, como en el sistema de justicia integral penal para adolescentes establecido en el artículo 73, fracción XXI, inciso c, de la Constitución General.
A favor de los dictámenes se pronunciaron los diputados Miguel Ángel Romero Olivares, Jorge Rosas Ruiz y Javier Amador de la Fuente, quienes coincidiern en afirmar que estas medidas armonizan el texto constitucional con el panorama actual que se vive, no sólo en México sino en el mundo.
