En sesión virtual de la Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados que la integran, después de revisar varios casos de inconformidad presentados por diversos actores y partidos políticos del estado, resolvieron dar marcha atrás al asunto relativo al aspirante a síndico procurador para el municipio de San Felipe Orizatlán.
En la sesión en que fueron resueltos dieciséis medios de impugnación correspondientes a cuatro juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, cinco juicios de revisión constitucional electoral, cuatro juicios electorales y tres recursos de apelación relativos todos a la vida política del estado, se determinó revocarlo.
Al respecto en su resolución, los magistrados, manifestaron que en el juicio en cuestión y en el que se controvirtió la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, que declaró la existencia de actos anticipados de precampaña y campaña atribuidos al entonces candidato a Síndico Procurador de San Felipe Orizatlán, los Magistrados de Sala Regional Toluca estimaron que no estaba demostrada la infracción.
En ese sentido el Pleno consideró que contrario a lo sostenido por el Tribunal estatal, no se acreditaba el elemento subjetivo de los actos anticipados porque de un análisis contextual y exhaustivo del video alojado en una red social, se advertía que carecía de alguna manifestación explicita e inequívoca dirigida a un fin electoral concreto.
Manifestaron que por tanto se determinó revocar la sentencia reclamada y se dejó sin efectos la amonestación pública impuesta al enjuiciante por lo que puede lograr el cargo que reclama.
Cabe mencionar que también el Pleno de Sala Regional Toluca confirmó diversas sentencias por las que se controvirtieron los cómputos municipales y por ende, la entrega de las constancias de mayoría, derivado del proceso electoral para renovar a los miembros de diversos Ayuntamientos en el Estado de Hidalgo.
