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    Garantiza TEEH los derechos político-electorales de los ciudadanos

    29/03/2020 Política
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    Jaime Ríos Martínez y otros, ostentando la calidad de delegados, delegadas, subdelegados y subdelegadas de comunidades de Huehuetla demandaron mediante Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, TEEH-JDC-021/2020, la falta de pago por el desempeño de sus funciones.

    Asunto que la ponencia de la magistrada presidenta María Luisa Oviedo Quezada consideró como fundado para quienes se acreditaron como delegados de acuerdo al artículo 36 Constitucional que reconoce a los delegados como servidores públicos y su derecho a percibir una remuneración; infundado en el caso de los delegados suplentes, ya que no se encuentran en el ejercicio del cargo, como lo es para: Maribel Padilla Solís, Moisés Castelán Tolentino, Bernardo Flores Tranquilino y Nicolás Ángeles García.

    Una vez aprobada la propuesta del proyecto, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó a los integrantes del ayuntamiento llevar a cabo durante su primera sesión de cabildo, sin fecha definida dadas las condiciones de contingencia actuales, la discusión y modificación del Presupuesto de Egresos 2020 a fin de pagar su salario a los delegados en funciones, sin efecto retroactivo; así como notificar  el cumplimiento de la sentencia al TEEH.

    Declararon improcedente el medio de impugnación, vía per saltum, interpuesto por Marcelino Hernández Bautista y otros, en su carácter de precandidatas y precandidatos de la planilla del ayuntamiento de Yahualica del Partido de la Revolución Democrática, bajo el expediente TEEH-JDC-036/2020, y su reencauce al órgano de justicia intrapartidista.

    Toda vez que el acto impugnado es la resolución electiva de la autoridad responsable mediante la cual definen y eligen a los integrantes de la citada planilla, mediante el acuerdo PRD-DNE-15/2020, fechado el 23 de marzo pasado, y no ha pasado a la jornada electoral por lo que existe la posibilidad de reparar los actos considerados violentadores. Además de no haber agotado el principio de definitividad.

    En torno al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, TEEH-JDC-037/2020, promovido por Jaime Medina Medina como militante activo de Morena en contra de la selección de candidatos y precandidatos de este partido político para la renovación de cabildos y para lo cual eligen a los integrantes de la planilla, señalando como responsables a la Comisión de Elecciones de Morena y al Comité Ejecutivo Nacional.

    Al respecto la ponencia a cargo del magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez propuso reencausar la demanda a la Comisión de Honestidad y Justicia de ese partido político para que determine lo que en derecho corresponda; al ejercerse la vía per saltum, es decir no haberse agotado la instancia previa.

    Al señalar Cruz Martínez que están dentro de los tiempos para reparar los actos, los magistrados por unanimidad dictaminaron un plazo de tres días naturales para que tal comisión conozca y resuelva este asunto; notifique al interesado en 12 horas posteriores a la resolución y en las siguientes 24 horas informe al TEEH, remitiendo constancias de  acreditación, ya que en caso contrario será acreedora a  una medida de apremio.

    En lo concerniente al Juicio Electoral, TEEH-JE-002/2020 y su acumulado, promovido por Adrián Téllez Zenteno, en su calidad de militante de Morena, quien acusó al Consejo General y al Secretario Ejecutivo del IEEH de omisión para dar trámite a la vía de Proceso Especial Sancionador. Los magistrados avalaron desechar la denuncia, una vez que la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo señaló que en el escrito de demanda faltó la firma del solicitante y al requerir su ratificación no se presentó.

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