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    Valida Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo registro del PESH

    04/07/2019 Política
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    • Calificó el TEEH como infundados los agravios presentados por MORENA

     

    En sesión, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo calificó como infundados los agravios presentados por el partido MORENA, pues la aplicación de la Ley General de Partidos Políticos se dio conforme a lo estipulado en la misma y en los Lineamientos para el ejercicio de derecho que tienen los otrora Partidos Políticos Nacionales para optar por el registro como Partido Político Local.

    El registro se realizó con base en lo establecido por el artículo 95 numeral 5 de la Ley General de Partidos Políticos el cual establece que el partido político que pretenda obtener su registro como Partido Político Local deberá haber obtenido por lo menos el tres por ciento de la votación válida emitida y hubiere postulado candidatos propios en al menos la mitad de los municipios y distritos, condición con la cual se tendrá por cumplido y acreditado el requisito del número mínimo de militantes con que debe contar establecido en el artículo 10, párrafo 2, inciso c, de la propia ley.

    Por lo que, contrario a lo argumentado por el partido MORENA, con la creación de nuevos partidos políticos se fomenta la participación política siempre y cuando estos cumplan con los requisitos establecidos y de ningún modo afecta el derecho de asociación ni mucho menos existe una transferencia de sufragio.

    El Tribunal Electoral del Estado tomó como base lo resuelto por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación perteneciente a la Tercera Circunscripción la cual emitió criterio similar en la sentencia expuesta dentro del expediente SX-JRC-31/20195 y confirmada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la resolución dictaminada dentro del expediente SUP-REC-315/2019, respecto del registro del Partido Encuentro Social en Quintana Roo.

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