Por los riesgos de salud que implica el realizarse todo tipo de tatuajes o perforaciones en cualquier parte del cuerpo, en lugares que no están certificados ni bajo la vigilancia de las instancias del sector salud, el diputado local Ramiro Mendoza Cano, hizo un llamado a la Secretaría de Salud del Estado para que en el ámbito de sus facultades realice una campaña de revisión de establecimientos dedicados a esa actividad.
El legislador local del grupo parlamentario del PRI, refirió que el Artículo Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, mismo que se replica en el Artículo 8 de la Constitución Local, motivo por el cual los tres órdenes de gobierno tienen la tarea de cuidar y preservar la salud de la población.
Refirió estas manifestaciones artísticas entre otras son únicas en cada persona y representan el carácter y gustos de cada individuo y en la actualidad son usados con frecuencia, pero los tatuajes como las perforaciones tienen riesgos, además se han dado numerosos problemas de salud al hacerlos sin las medidas sanitarias correctas, entre los principales riesgos se encuentran contraer VIH, hepatitis, alergias, infecciones cutáneas, tétanos, infertilidad.
Añadió que de acuerdo con cifras oficiales, se estima que tres de cada diez personas tienen o se hicieron alguna vez un tatuaje o una perforación, muchos de ellos realizados en lugares improvisados o que no cuentan con las medidas sanitarias correctas necesarias para garantizar la integridad y la salud de aquellos que han decidido realizar esta actividad.
Por último el legislador local manifestó que por lo anterior que es importante considerar que la salud es tarea de todos, tanto de gobierno como sociedad por lo que es necesario que de realizar esas actividades tomen sus precauciones y lo hagan en lugares donde cuenten con las medidas sanitarias correctas y con personal profesional.
Los tatuajes y las perforaciones, han estado presentes en la historia tanto como representación de tradiciones, cultura, marca de identidad, indicador de estatus, símbolo sagrado, estigma, ornamento, y no ha dejado de evolucionar hasta el momento.
La Ley de Salud del estado, establece en su Artículo 3 Apartado C, Fracción XII y el Capítulo XV Artículos 111, 112 y 113 lo relativo a la regulación de tatuajes y perforaciones, facultando a la secretaría de Salud su aplicación y por ende la revisión de los establecimientos.
