La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó dos amparos con los que estableció jurisprudencia para que cualquier ciudadano que solicite un permiso al Gobierno Federal pueda cultivar y consumir marihuana con fines recreativos.
La jurisprudencia obligatoria a nivel nacional se estableció tras sumar cinco amparos diferentes que analizaron los ministros sobre el consumo de la marihuana con fines lúdicos.
Cualquier ciudadano podrá solicitar un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para cultivar y consumir marihuana con fines recreativos, y si la dependencia lo niega podrán recurrir a un amparo y cualquier juez debe resolver a su favor; sin embargo la SCJN aclaró que el fallo se limita al cultivo y al consumo, pero no permite la comercialización, suministro o distribución de la marihuana «ni utilizar otros estupefacientes o psicotrópicos»
La Suprema Corte debe notificar su decisión al poder Legislativo, a fin de que inicie el proceso de reforma correspondiente y de asegurar el respeto a los derechos de los usuarios, sin necesidad de que estos tengan que solicitar un amparo, es decir, que a pesar de la jurisprudencia, aún es necesario que el Congreso realice reformas para derogar el modelo prohibicionista establecido en la Constitución federal y las leyes reglamentarias, especialmente con lo relacionado al derecho al libre desarrollo de la personalidad.
La mariguana es una droga que altera el estado de mental de quien la usa y que se considera alucinógena cuando se toma en grandes cantidades y de acuerdo con evidencia científica puede generar problemas en la memoria, capacidad de aprendizaje, depresión y en algunos casos brotes psicóticos