Close Menu
Punto por Punto
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube LinkedIn WhatsApp Telegram
    • Contacto & Publicidad
    • Aviso de Privacidad
    • Acerca de Punto por Punto
    Punto por PuntoPunto por Punto
    Facebook X (Twitter) Instagram
    viernes, junio 20
    • Inicio
    • Nacional
    • Estatal
    • Elecciones 2024
    • Política
    • Policía
    • Deportes
    Punto por Punto
    Home»Agenda del Gobernador

    Se aprueba la Ley de Protección a Testigos y Denunciantes de Hechos de Corrupción

    31/03/2021 Agenda del Gobernador
    Facebook Twitter LinkedIn Email Telegram WhatsApp
    Compartir
    Facebook Twitter LinkedIn Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Bajo el liderazgo del gobernador Omar Fayad y para continuar impulsando el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), el día de hoy en el Congreso del Estado se aprobó la Ley de Protección a Testigos y Denunciantes de Hechos de Corrupción

    Esta Ley tiene como objetivo proteger a las personas que sean testigos de un acto de corrupción, dándoles la seguridad y certeza jurídica de que no se pondrá en riesgo su integridad física ni psicológica, con lo que se puede hacer frente a una realidad que afecta directamente a nuestra sociedad.

    Cabe destacar que el Secretario César Mora, titular de la Secretaría de Contraloría jugó un papel fundamental para la creación de la misma, pues a través de su visión, se propusieron las siguientes medidas de protección para los testigos y denunciantes, fundamentales para su contenido:

    1. Orientación Legal para los hechos relacionados con la denuncia.
    2. Reserva de Datos Personales.
    3. Protección Policial.
    4. Cambio de dependencia o área administrativa.
    5. Traslado a su centro de trabajo.
    6. Utilización de procedimientos, mecanismos o tecnologías que eviten la participación física del sujeto de protección a las diligencias.
    7. Atención psicológica.
    8. En caso de que el sujeto de protección se encuentre privado de la libertad, se le requerirá al superior jerárquico del titular del centro de reclusión, garantice la integridad del mismo.
    9. La restricción personal consistente en que el sujeto de protección no podrá ser molestado en su persona, de manera directa o indirecta, ya sea por el imputado, superior jerárquico o subordinados.
    10. La restricción territorial consistente en que, el o los servidores públicos imputados, no podrán acercarse al sujeto de proyección en un perímetro determinado por la autoridad que decrete la medida.

    Con estas acciones, tenemos la certeza de que todas las personas podrán sentirse seguras al momento de realizar su denuncia, fortaleciendo y protegiendo con ello a nuestro estado, y así construir un Hidalgo más fuerte.

    Share. Facebook Twitter LinkedIn Email Telegram WhatsApp Copy Link

    Te puede interesar

    Julio Menchaca entrega edificio de docencia a la UTTT

    Fortalecen Rutas de la Transformación a Tepeji del Río con más de 70 mdp  

    Artistas visuales hidalguenses llevan la fiesta de los carnavales a las calles

    Infraestructura, educación y apoyos sociales para la población del Valle del Mezquital

    Sheinbaum y Menchaca impulsan programa “Salud Casa por Casa” para adultos mayores y personas con discapacidad

    Claudia Sheinbaum realiza sexta visita a Hidalgo para supervisar avances del IMSS-Bienestar

    Leave A Reply Cancel Reply

    Punto por Punto
    Facebook X (Twitter) Instagram YouTube
    © 2025 Agencia de Noticias Punto por Punto . Desarrollado por Innovatice web Solutions.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.