Como infundado declararon los magistrados integrantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, el recurso de apelación presentado por el Partido de la Revolución Democrática, por la supuesta inequidad en la difusión en los medios oficiales de información de las actividades electorales de los partidos políticos para en la contienda pasada de diputados locales.
Durante sesión ordinaria y luego de dar lectura al recurso de apelación con número de expediente RAP-006/2013, el magistrado presidente del TEEH, Alejandro Habib Nicolás, señaló que la inconformidad fue presentada por la representante del PRD ante el IEEH, Yaneth Lucero Miranda Miranda, en contra del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo.
Habib Nicolás, como magistrado ponente del recurso señaló que la omisión de la Comisión de Radio, Televisión y Prensa del Instituto Estatal Electoral del Estado de Hidalgo al no haber emitido la Comisión de Radio y Televisión del IEEH el dictamen correspondiente del monitoreo de contenidos noticiosos, limitándose sólo en presentar un informe.
En la resolución del recurso de inconformidad, y tras haber sido analizado el caso sobre la base de los razonamientos lógico jurídicos, expuestos en la parte considerativa de la presente sentencia, el agravio expresado por Yaneth Lucero Miranda Miranda, en su calidad de Representante Propietario del Partido de la Revolución Democrática, resulta ser infundado.
El magistrado presidente refirió que será a partir del 15 del mes en curso en que se aborden de lleno los demás asuntos relacionados con las inconformidades presentadas por el PRD y Movimiento Ciudadano contra los resultados de las elecciones del 7 de julio, entre los que destacan situaciones de inequidad en los medios de información.
«Respecto a los juicios en mi ponencia que son los que yo tengo, es un asunto muy profundo lo que se está analizando, porque se tocan temas muy delicados e importantes como puede ser la libertad de expresión y la e contenidos en los medios informativos y como puede ser la libertad de investigación que los medios tienen para sacar las notas y algo que es lo más importante, el derecho de la ciudadanía al derecho de la información».
«Cuando se trata de trastocar la libertad de expresión y la de contenidos en los medios es un tema muy delicado y por ello estamos haciendo un estudio de tratados internacionales sobre el tema».
De acuerdo a lo establecido en la ley los recursos de inconformidad presentados por los partidos políticos ante el TEEH deben ser resueltos antes del 20 del mes en curso para que quiénes así lo deseen recurran a segunda instancia.
