Ante las demandas que interpuso el partido del Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) y el Partido de Acción Nacional (PAN) para impugnar el acuerdo del INE que estable la reanudación del proceso electoral en Hidalgo y Coahuila, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ratificó que las elecciones se realizaran el 18 de octubre, fecha establecida por el INE y concluyó que los argumentos emitidos por los partidos políticos son infundados.
El pasado 1 de abril, el Consejo General del INE acordó suspender los procesos electorales, por la emergencia sanitaria que se vive por el COVID-19; y fue hasta el 30 de julio que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó con 10 votos a favor y uno en contra reanudar el proceso electoral en Hidalgo y Coahuila estableciendo el 18 de octubre como fecha para realizar los comicios.
La fracción de Morena interpuso una demanda ante el TEPJF para impugnar el acuerdo del INE, argumentando que el Consejo General del INE debió consultar a las autoridades sanitarias previo a establecer la fecha de la jornada electoral y recuerda que el mismo instituto señaló, al suspender los comicios señalados, que se fijaría la fecha cuando el Consejo de Salubridad determinara la emergencia sanitaria, lo cual no ha sucedido.
Por su parte la fracción del PAN también interpuso una demanda argumentado que el INE no garantizó el derecho a la salud, tanto del personal de las autoridades electorales como de la ciudadanía, al ordenar reanudar los procesos y establecer fecha para la jornada electoral y que carece de atribuciones para establecer plazos en el proceso electoral de Coahuila, en tanto ello corresponde al Congreso estatal.
Esta tarde en sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, por unanimidad de votos las magistradas y los magistrados del TEPJF confirmaron el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) para celebrar las elecciones locales en Coahuila e Hidalgo, el próximo 18 de octubre.
Asimismo, señalaron que el INE no estaba obligado a consultar al Consejo de Salubridad ni a la Secretaría de Salud por tratarse de una cuestión que atiende a su ámbito de competencia, de forma exclusiva, aunado a que sí valoró la información existente emitida por las autoridades en materia de salud, concluyendo, entre otras cosas, indispensable reanudar el proceso electoral con las medidas sanitarias correspondientes para evitar contagios.
Además, el pleno del Tribunal Electoral concluyó que el INE cuenta con facultades para establecer la fecha en que los ayuntamientos electos en Hidalgo deben tomar posesión.