La Fiscalía especial de investigación de Delitos de Género de la Procuraduría General de Justicia del estado de Hidalgo consignó como probable responsable de homicidio calificado agravado en agravio de su propia esposa a Silvestre Paz Trejo, quien el pasado uno de agosto atropelló a la mujer causándole la muerte por “edema cerebral secundario a traumatismo craneoencefálico cerrado”.
De acuerdo con la fiscal especial Concepción Hernández Aragón, el día uno de agosto alrededor de las 22: 00 horas se recibió la notificación de que en el camino que conduce del rancho “El Gato” al rancho “Guadalupe” en el municipio de Huichapan se encontraba el cadáver de una mujer.
Al llegar al lugar, explica Hernández Aragón, se tuvo a la vista debajo de un vehículo, una persona del sexo femenino misma que se encontraba con el cabello enredado en el ventilador del motor del auto y a Silvestre Paz Trejo, quien, al momento de llegar las autoridades, se encontraba con un gato hidráulico tratando de liberar el cuerpo de quien dijo era su esposa.
Ante este hecho, informó la funcionaria, se inició la averiguación 6/442/12 para deslindar responsabilidades penales, “en cuyas primeras diligencias y pesquisas, ordenadas por el Ministerio Público, se pudo saber que el indiciado, quien tenía antecedentes como generador de violencia familiar, presuntamente había atropellado a la mujer, a quien de acuerdo con testimoniales recabadas, ya había amenazado de muerte en un par de ocasiones”.
“En esta investigación resultaron fundamentales para descubrir el probable homicidio los dictámenes periciales realizados por peritos de la PGJEH en materia de criminalística, mecánica, tránsito terrestre y psicología, pues de ahí determinamos la probable responsabilidad del esposo de la víctima”, señaló.
Así mismo, explicó la fiscal de género, amén del tipo penal que se establece en el código vigente en Hidalgo, es necesario señalar que algunos de los derechos fundamentales de las mujeres son el de preservar su vida y el de vivir una vida libre de violencia, privilegios que están garantizados en el orden jurídico nacional e internacional, como la Convención Do Pará y la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, vigente en la entidad.
Por lo tanto, informó, “se puede aseverar teóricamente que la privación de la vida a la víctima en el caso es una forma extrema de violencia de género, producto de la violación a sus derechos fundamentales en el ámbito privado, mediante la traición a la confianza que la víctima tenía en el agresor dado que era su pareja; también se evidencia el uso extremo de la fuerza física por parte del homicida, dado que utilizó un vehículo de motor para privar de la vida a su víctima”, enfatizó.
“De igual forma, deja de manifiesto los sentimientos misóginos del generador de violencia, como el desprecio, la discriminación y la desvalorización que evidenció al ejecutar el hecho, ya que fue en contra de la figura femenina, dejando claro además que no sentía respeto alguno por la vida de la madre de sus hijos, resultado de reiterados actos agresivos de toda índole en contra de la víctima.
En razón a esto, explicó Hernández Aragón, “la fiscalía a mi cargo determinó ejercitar acción penal en su contra por lo que la averiguación previa fue consignada ante el Juez Penal de Huichapan por el delito de homicidio agravado calificado, registrado con la causa penal 56/2012, destacando que la autoridad judicial dictó auto de formal prisión al ahora procesado”.