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    Guardia Nacional asume facultades para multar en carreteras federales por decreto presidencial

    26/05/2026 Nacional
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    Por: Diego Herrera

    La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo publicó un decreto oficial que otorga a la Guardia Nacional la facultad de aplicar multas y sanciones por infracciones al reglamento de tránsito en carreteras y puentes federales. Esta medida, que entra en vigor a partir del 26 de mayo de 2026, marca un cambio significativo en la vigilancia y control de las vías federales, asumiendo roles que anteriormente correspondían a la Policía Federal.

    El decreto, una reforma al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, establece que la Secretaría de la Defensa Nacional y la Guardia Nacional serán las principales autoridades encargadas de velar por el cumplimiento de estas normativas. Con esta nueva atribución, los agentes de la Guardia Nacional podrán imponer desde infracciones hasta amonestaciones, tanto escritas como verbales.

    Esta decisión se produce más de siete años después de la disolución de la Policía Federal, creada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador. Durante este periodo, ha habido un vacío en la autoridad encargada de la aplicación de multas de tránsito en las carreteras federales. Ahora, la Guardia Nacional contará con una boleta de infracción para documentar las faltas al reglamento. 

    La Guardia Nacional tendrá amplias facultades de inspección, seguridad y vigilancia en materia de tránsito federal. Entre las principales acciones que podrán llevar a cabo se encuentran:

    •Sanciones por desobediencia y resistencia

    •Multas por incumplimiento de órdenes

    •Sanciones por el estado del vehículo

    •Conducción bajo influencia de sustancias

    •Documentación y bitácora de servicio

    El decreto también contempla incentivos para quienes reconozcan y paguen sus multas. Se podrá obtener una reducción del 25% si se reconoce la falla en la boleta en el momento, y un 25% adicional si el pago se realiza dentro de los primeros 15 días hábiles.

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