El diputado federal de Morena por Hidalgo, Julio César Ángeles Mendoza, fue inhabilitado por un año para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, luego de que se detectara que durante su administración como alcalde de Atotonilco de Tula, en el periodo 2016-2020, violentó el procedimiento de contratación conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado.
De acuerdo con el reporte de la Contraloría del Estado, al ex alcalde se le señala de cometer faltas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, derivado de la investigación realizada por el Órgano Municipal de Control del actual Concejo Municipal de Atotonilco de Tula, el cual resolvió que en lo referente a la obra “Pavimentación de Concreto Hidráulico y Rehabilitación de la Carretera El Refugio-Texas”, de lo cual el ex presidente municipal no rindió cuentas sobre el ejercicio de sus funciones.
De igual manera, se dio a conocer que como resultado de dicha falta administrativa, se pueden desprender otros actos de corrupción toda vez que hay un antecedente de esta obra en donde se presumen malos manejos y desvíos de recursos públicos en donde el autor intelectual fue quien contrató la obra.
Se informó que, para dicha obra no existió un procedimiento de contratación, se realizaron contrataciones fraccionadas y no existe memoria fotográfica de la misma y pese a que Ángeles Mendoza, tenía la obligación de cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en las leyes federales, estatales y municipales, asimismo, el exigir a los funcionarios y empleados municipales el cumplimiento de sus obligaciones, que en el presente caso fue vigilar que se haya documentado el procedimiento de contratación de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables.
La autoridad que impuso la sanción, afirmó que no se cumplió con el servicio encomendado ocasionando que los recursos por un importe de 184 mil 400 pesos no se hay administrado conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y con ello la omisión de rendir cuentas sobre el ejercicio de sus funciones violentando con ello y lo dispuesto en el artículo 49 fracción VII de la ley General de Responsabilidades Administrativas.
