Lamenta la dirigente en el estado de la agrupación Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos (Ddeser), Bertha Miranda, que en el estado aún persista la aplicación de un marco legal restrictivo para el caso de interrupción del embarazo por violación, al existir candados que impiden en algunos casos realizar esta práctica pese a desearla.
La activista, manifestó que dentro de las causales que tiene la entidad para que las mujeres puedan recurrir al aborto legal, se encuentra la violación, ya que si se analiza el código penal en uno de sus incisos del artículo 158, establece que el aborto no será punible si el embarazo es producto de un ataque sexual.
Añadió que con esta determinación jurídica, parecería que las víctimas que fueron violadas y resultaron embarazadas, pueden recurrir al aborto, sin embargo en la práctica esto no sucede, debido a que la redacción tiene candados ya que primero se debe de denunciar la violación antes de conocer el embarazo, de no ser así, se incurre en un delito por lo que incluso pueden ser castigadas con la privación de su libertad.
De igual manera refirió que esto afecta sobre todo a las niñas y adolescentes, ya que en la gran mayoría de casos que los activistas han tenido conocimiento, son niñas que no hablan del embarazo por temor al agresor y cuando algún familiar se percata de ello, tiene que ver por el crecimiento del estómago sin saber con certeza lo que les sucede.
Por lo anterior Bertha Miranda, añadió que estas víctimas no pueden tener acceso a la interrupción del embarazo porque no denunciaron la violación, «esto es una doble revictimización, ya que además de sufrir el delito de violación, las leyes no las protegen», lamentó.
Al mismo tiempo refirió que en el tema de aborto por violación de acuerdo a la Ley General de Víctimas, se garantiza la reparación del daño y eso es algo que no se da en la entidad desde el marco normativo.
Por último descalificó que el código penal de Hidalgo no se ha armonizado con el avance de los derechos humanos, por ello para todos los estado a excepción de la Ciudad de México, se tuvo que poner en la marcha la norma 046, que implica que a ninguna mujer se le debe de condicionar ningún procedimiento de interrupción del embarazo, cuando sea producto de un ataque sexual.
