Desde el pasado 12 del mes en curso y hasta el 29 de abril, los candidatos a los cargos de elección popular en el estado y sus partidos deberán abstenerse de realizar acciones de proselitismo o petición del voto, ello como parte de la etapa de intercampañas del proceso electoral en curso, afirmó el director jurídico del IEEH Francisco Martínez Ballesteros.
El funcionario electoral, señaló que de acuerdo a la ley en la materia, la actividad política atraviesa por el periodo de intercampañas en las que los aspirantes a los cargos de elección popular que serán electos el primer domingo de julio, no podrán realizar algunos actos como pedir el voto de manera directa, pero si la posibilidad de poder celebrar algunos como reuniones privadas con sus estructuras.
Añadió que en el plano local que se refiere a le elección de diputados, desde el lunes 12 de febrero hasta el jueves 28 de abril de este año, tanto los partidos como sus abanderados, deben respetar esta etapa en la que los partidos deben terminar con sus procesos internos para la selección de los candidatos que habrán de registrar del 11 al 15 de abril y de la que recibirán la resolución el 20 del mismo mes d abril.
Refirió también que de acuerdo a lo establecido en la legislación electoral, lo que no pueden hacer los candidatos, es solicitar el voto de manera directa, además de no invitar al voto dirigido, también a la participación ciudadana y que se sumen a ello, ni mucho menos reuniones públicas como asambleas, debates, dar a conocer programas de su plataforma y en general todo lo que implique el posicionamiento de su persona o partido”.
Al mismo tiempo precisó que lo que sí pueden hacer los candidatos, durante este periodo de intercampañas, es tener acercamientos con los medios de información, tener entrevistas, reuniones de trabajo que pueden ser difundidas por los medios de comunicación sin que con ello infrinjan la ley.
Martínez Balleteros, manifestó que de cometer alguna falta, tanto los candidatos como su partido podrían ser susceptibles a un procedimiento sancionador, con llamados de atención, multas que van de los 15 a 500 días de salario mínimo vigente, la reducción del financiamiento y hasta la negativa del registro del candidato, lo cual sería ya en un caso extremo.
Aseguró que sí alguien incurre en una violación que pueda ser considerada como grave incluso se le puede negar el registro. “El llamado a los candidatos y sus partidos, es que no cometan faltas que les pueda representar algún riesgo, ello de acuerdo a lo plasmado en el código electoral”.
