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    El Tribunal Electoral, declara como infundados agravios del síndico de Apan

    19/07/2017 Local
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    Durante los trabajos de la sesión pública del Tribunal Electoral del Estado  se declararon infundados los agravios presentados  ante esa instancia por parte del síndico del ayuntamiento de Apan, Edgar Cruz Rico, quien acusó ante la instancia electoral que le fue retirada su firma electrónica en el municipio.

    Sobre el tema, el magistrado ponente que en esta caso fue el presidente del organismo electoral, Manuel Alberto Cruz Martínez, después del análisis del contenido del expediente TEEH-JDC-049/2017, donde quedó asentada la inconformidad del juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, se determinó que la acción realizada por la secretaría de hacienda no interfiere en sus actividades como funcionario de dicha demarcación.

     El magistrado manifestó que la firma electrónica avanzada, e.firma, es un archivo digital seguro y cifrado que identifica al contribuyente para realizar trámites por internet en el SAT, la cual tiene la validez de una firma autógrafa, esta puede ser utilizada por personas morales, como en el caso del Ayuntamiento de Apan, y la titularidad de dicho certificado puede ser ostentada indistintamente por el Presidenta Municipal, como por el representante legal que es el síndico.

     Añadió que  lo que determinó fue declarar infundados los agravios, que la Presidenta municipal de Apan al revocar y renovar el certificado de firma electrónica, no afectó ninguna de las atribuciones del Síndico, por lo que puede seguir ejerciéndolas sin que sea requisito indispensable contar con el certificado de la firma electrónica de dicha demarcación.

    Refirió que el acto impugnado fue la ilegal revocación de representación ante el servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pero luego de un análisis profundo del tema,  se determinó que el agravio presentado por el síndico, no impide el ejercicio de sus funciones y por ende no vulnera su derecho político de desempeño del cargo.

    Cabe mencionar que la resolución, fue aprobada por unanimidad de votos de los integrantes del Pleno del TEEH, quienes también acordaron que además de la publicación del resolutivo en estrados, se haga del conocimiento del síndico de Apan, con la finalidad de que acate la determinación de la instancia local.

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