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    Propone PES Reformas a Ley Orgánica Municipal

    04/05/2017 Política
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    Aspiremos a ser un estado de vanguardia, hagamos cambios al marco legal municipal para estar en condiciones de tener gobiernos eficaces y con capacidad de satisfacer las necesidades de la población.

    Así se pronunció el diputado Daniel Andrade Zurutuza, al presentar desde la tribuna del Congreso local la iniciativa de decreto por el cual se propone reformas a los artículos 7 y 56 de la Ley Orgánica Municipal.

    El también presidente del Partido Encuentro Social en Hidalgo, señaló: Propongamos, sin miedo a la innovación, con ideas fuertes y dignas de distinguirse de las demás, de poner en alto el nombre de nuestro estado con proyectos sustentados que se puedan aplicar de manera real y oportuna.

    Actuemos con responsabilidad, respeto y solidaridad con todos los sectores poblacionales para comprender y atacar los problemas de raíz, abundó.

    Y, sobre todo -dijo-, hagamos conciencia, de que si queremos un país, un estado, una ciudad o municipio que luzca diferente, tendremos que comenzar a ver y a hacer política como no se había hecho antes.

    En razón de las anteriores consideraciones y a efecto de que haya concordancia entre la propuesta en el Plan Estatal de Desarrollo y los municipios, esta fracción parlamentaria propone sea reformada la Ley Orgánica Municipal vigente en el estado, de la siguiente manera:

    Artículo 7°
    Los ayuntamientos tienen facultad para aprobar y emitir su bando de policía y gobierno, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y promuevan la participación de la sociedad, incluyendo en su redacción los ejes rectores planteados en el Plan Estatal de Desarrollo del estado de Hidalgo.

    Artículo 56°

    Los ayuntamientos, además de establecidas en otros ordenamientos jurídicos asumirán las siguientes:

    Facultades y obligaciones

    B.- Elaborar y aprobar, de acuerdo con esta Ley y las demás que en materia municipal expida la Legislatura del Estado, los bandos de gobierno y de policía, reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen el funcionamiento del Ayuntamiento y de la Administración Pública Municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación de la sociedad, siguiendo los lineamientos planteados en el Plan Estatal de Desarrollo vigente en el estado.

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