La Diputada Mayka Ortega Eguiluz abordó en el congreso del estado el tema de Salud con una Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Legislación Hidalguense.
Esta iniciativa pretende armonizar 10 Leyes Hidalguenses, Respetando así el Principio Constitucional a la Certeza Jurídica en favor de la Ciudadanía. Dentro de lo más relevante que se pretende, es el Consentimiento Previo e Informado, que consiste en el derecho del paciente de otorgar o no su consentimiento válidamente informado en la realización de tratamientos o procedimientos médicos, explicando de manera oportuna y fidedigna las características del procedimiento médico, así como los riesgos que implica tal intervención, de forma clara, precisa, en términos entendibles e incluso en la lengua nativa de los involucrados. Al permitir decidir sobre nuestra persona a no padecer injerencias, tratamientos o experimentos médicos no consensuales, enalteciendo el consentimiento informado que garantiza el pleno respeto a los Derechos Humanos, por lo tanto, se armonizarán las siguientes leyes:
Ley de Atención, Asistencia y Protección a Víctimas de Delitos y Violaciones a Derechos Humanos para el Estado de Hidalgo.
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Hidalgo
Ley de los Derechos de los Adultos Mayores del Estado de Hidalgo.
Ley de Protección a Migrantes del Estado de Hidalgo.
Ley Integral para las Personas con Discapacidad del Estado de Hidalgo.
Ley para Combatir y Prevenir la Trata de Personas para el Estado de Hidalgo.
Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Hidalgo.
Ley para la Prevención, Atención y Erradicación de Violencia Escolar en el Estado de Hidalgo.
Ley de Salud para el Estado de Hidalgo.
Ley De Derechos Y Cultura Indígena Para El Estado De Hidalgo.
Se pretende armonizar la Legislación Hidalguense relativa a la Salud con diversos instrumentos internacionales de Derechos Humanos, entre los que destacan la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que señala que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, la asistencia médica; el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que alude al derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, y refiere que los Estados deben adoptar medidas para asegurar la plena efectividad de este derecho; y el artículo 10 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales «Protocolo de San Salvador», según el cual toda persona tiene derecho a la salud, entendida como el disfrute del más alto nivel de bienestar físico, mental y social.