
El Juicio para la Protección de los Derechos Político – Electorales del Ciudadano, radicado bajo el expediente TEEH-JDC-085/2016, fue propuesto por la ponencia de la magistrada María Luisa Oviedo Quezada, quien explicó que al no darle intervención a la contraloría, el procedimiento seguido para remover al Consejero, no fue el adecuado, por lo magistrados del TEEH revocaron el acuerdo CG/RES/RCE/001/2016 aprobado por el IEEH.
Asimismo se declaró infundado el agravio denunciado por María Teresa Daniel Cruz, en contra de la Elección realizada el día 05 de Junio para Presidente Municipal de Tlahuelilpan, Hidalgo, debido a que las boletas se imprimieron tres días antes de la sustitución a su favor para la candidatura a presidenta municipal del mencionado ayuntamiento.
En la misma sesión se hizo una amonestación pública al candidato a Síndico Propietario por el Ayuntamiento de Tepeapulco, Hidalgo por el Partido Movimiento Ciudadano, Iván Islas Quiroz, por actos anticipados de campaña.
Por último en el expediente TEEH-PES-028/2016, promovido por Eduardo Giovanni Villeda Marañón, representante del Partido Nacional MORENA, en contra de Osvaldo Rodríguez Miranda, candidato a Presidente Municipal, del Partido Revolución Democrática al Ayuntamiento de Atotonilco de Tula, se declaró la existencia de la violación denunciada, consistente en la colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, sin embargo se declaró la no responsabilidad del entonces candidato a presidente municipal por el PRD, debido a que no exitió medio de convicción que demostra la realización personal de la colocación de la lona.
