
En sesión pública, los Magistrados del pleno avalaron el proyecto presentado por la Magistrada ponente María Luisa Oviedo Quezada, quien explicó que los promoventes, en especial Lugo López, no agotaron el principio de definitividad, ni los recursos previstos en las legislaturas partidistas correspondientes, siendo este el medio idóneo de inconformidad, y que en su caso, concernía a los ordenamientos 129 y 143 del Reglamento General de Elecciones del PRD.

Semejante caso fue el medio de impugnación suscitado por Lugo Mejía y Camargo Hernández, contra la Comisión Nacional de Elecciones del partido político nacional MORENA, quienes, a pesar de tener la oportunidad de solucionar el conflicto al interior del instituto político, pasaron por alto esta instancia y no agotaron el recurso interpartidista que les brindaba diversos medios alternativos de solución interna, sin embargo, Mónica Mixtega Trejo, Magistrada ponente de este juicio, manifestó que la demanda es viable para que sea analizada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia MORENA, siendo reencauzada a dicha instancia.
El Presidente Magistrado, Manuel Alberto Cruz Martínez comento que “la perspectiva de este pleno es en el sentido de respetar el principio de la vida interna de los partidos políticos”.
