En sesión ordinaria celebrada este jueves, eesuelve el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo el primer caso de protrvción de los Derechos Político-Eelectorales ciudadanos bajo nueva normatividad derivada de la reforma política
Después de presentar el resultado del análisis respecto al caso de impugnación del panista Asael Hernández Cerón, contra la candidatura de Alejandro Moreno Abud, en busca de la dirigencia estatal de ese partido., a decir del titular del TEEH en este caso la instancia a su cargo resolvió dentro de los términos permitidos por la ley en la materia
Al respecto dijo “Recordemos que el juicio de Protección fue promovido fue promovido con posterioridad a los registros correspondientes, inclusive cuando ya había fenecido el tiempo para impugnarlos, pero lo que le pudo dar sentido y estar en tiempo fue la publicación de las para la renovación de los comités municipales, que es donde aparecen las firmas y efectivamente resolvimos hasta estos primeros días de enero pero dentro der los plazos que la ley establece”.
Aseguró también que este es el primer caso en resolverse bajo nuevas normas oficiales y legales como resultado de la reforma política que en el caso de la entidad de aprobó apenas en diciembre pasado y que con ello lleva a que el organismo a su cargo sea autónomo.
Recordó que a finales de diciembre fue aprobada la reforma a la Constitución del estado de Hidalgo, donde fue creado el Código electoral del estado y publicada la Ley Electoral del estado, por lo que con todo ello se aterriza en la entidad la reforma electoral federal que los obliga a trabajar bajo nuevas formas legales desde el inicio del presente año y que se reflejará a partir de los siguientes procesos electorales.
A decir de Habib Nicolás, del caso resuelto, se determinó que en virtud de lo expuesto y fundado en el considerando IV de la presente resolución, se declaran el primer y tercer agravios infundados y el segundo parcialmente fundado pero inoperante por lo que se confirma la resolución impugnada pronunciada por la Comisión Estatal Organizadora de la Elección para la renovación de los integrantes del Comité Directivo Estatal del PAN.
Del resultado de la resolución de pidió informar a Asael Hernández Cerón, a la Autoridad Responsable y al Tercero Interesado, personalmente en términos del artículo 30 de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Cabe mencionar que el caso asentado en el expediente número TEH-JDC-009/2014 que fue analizado por el magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez, fue aprobado por unanimidad de votos.
